Por el Ingeniero Mario Cafiero
15 de junio del 2008
Una de las características con las que solemos abordar los conflictos en
nuestra Argentina, es la falta de datos concretos del problema en cuestión. Entonces
el debate, así planteado, tiende a reducirse a pre-juicios o a simplemente
tomar partido a favor o en contra, por afinidad o antagonismo político. Esta
metodología ha dado como resultado que muchos" sapos" fueron
tragados, apelando sólo a determinadas afinidades simbólicas del pasado.
También ha posibilitado que enormes elefantes blancos se hayan introducido en
la vida política y económica argentina; al calor de encendidos discursos en
contra precisamente de esos elefantes blancos.
Esto lo estamos viviendo nuevamente hoy, con motivo del conflicto entre el
gobierno y el campo.
Por un lado el gobierno sostiene que la postura del campo es movilizada por
sectores golpistas “destituyentes” y antidemocráticos, a los que no precisa; y
financiada por poderosos “pooles” de siembra de soja, a los que no identifica.
Por su parte los representantes rurales dicen que las medidas del gobierno
tienden a beneficiar a esos poderosos “pooles” de siembra , al expulsar la
competencia de los pequeños y medianos productores, y a los sectores
concentrados de la intermediación agroalimentaria, que son un puñado de
empresas que todos conocemos y se pueden contar con los dedos de las manos.
La evidencia de los hechos que a continuación se exponen, le da enteramente la
razón a la postura del campo. Y además muestra la existencia de graves
inconductas, lindantes con ilícitos penales, por parte del gobierno. Aunque a
primera vista parezca sorprendente, hemos llegado a la conclusión que:
Las retenciones móviles habrían sido dictadas en directo beneficio de los
exportadores de granos.
Esta afirmación aunque parezca temeraria, tiene su fundamento en el hecho que
hacia fines del año pasado, al compás de que la soja llegaba a su máximo nivel
de precios históricos, los exportadores presentaron declaraciones juradas de
venta al exterior por volúmenes desproporcionados con el objeto de congelar las
retenciones a pagar, cuya suba se concretó inmediatamente después con la
resolución 369.
Pero seguidamente en forma inesperada, por la irrupción de la especulación
financiera internacional, la soja siguió subiendo ininterrumpidamente, hasta
llegar en marzo del 2008 al doble del valor que tenía en el 2007. Esto les jugó
en contra a los exportadores de granos. No podían efectivizar las masivas
ventas anticipadas, comprando en el mercado interno a precios muy superiores a
los precios de exportación ya fijados. Necesitaban imperiosamente que los
precios se retrotrayeran a noviembre del año anterior. Y el gobierno cómplice
de la maniobra les dio la mano salvadora, dictando la medida de las retenciones
móviles.
No habrá este año ni tal vez nunca, ningún excedente recaudatorio por
retenciones por sobre el 35 % del valor FOB, que pueda ser aplicado a programas
redistributivos sociales, como anunció recientemente el gobierno. Desde el
dictado de la resolución 125 hasta ahora, pese al sustancial aumento de las
retenciones móviles, el fisco solo a recaudado el 22 % sobre el valor FOB de
las exportaciones de soja. Muy lejos de superar el 35 % que permitirá destinar
fondos a dichos programas.
En consecuencia las retenciones móviles serían una falacia, o sea un engaño,
fraude o mentira, con la que se está procurando beneficiar a las
multinacionales cerealeras, sin importar el perjuicio causado a otros, en este
caso los productores agrarios. Y sin que ello reporte ningún beneficio
sustantivo al fisco.
La falacia también le ha servido al gobierno para movilizar a su favor a
organizaciones sociales que aspiran a una más justa distribución de la riqueza,
pese a que esto no sucederá con esta medida. La promesa inicial del gobierno de
una redistribución de los ingresos extra de esta superrenta agraria, era
ambigua. Pero atrapado por la dinámica del conflicto, tuvo que salir a
comprometer el destino de los fondos, y dice que se van a realizar hospitales,
viviendas y caminos en el interior. Pero estos nunca se construirán, al menos
no con los dineros recaudados de las retenciones agrícolas por encima del 35%.
El anuncio de
De acuerdo a nuestros cálculos la diferencia entre lo que los exportadores
liquidaron al fisco y lo que estos le descontaron al productor, desde el
dictado de la resolución 369 de noviembre pasado hasta el 31 de mayo de este
año, es de u$s 1.316.150.768.
En tal sentido cabe que todos los argentinos nos hagamos un reproche, por la
incapacidad que tenemos de ir “a las cosas”, y verlas tal como son, sin dejarnos
engañar por la retórica discursiva, para lamentarnos muy a posteriori de los
engaños sufridos.
El informe, que tenemos en elaboración, procura ser un aporte para que esto no
nos suceda nuevamente, al menos en relación con este conflicto. Para su confección
hemos analizado 55.319 Permisos de Embarque de Exportación, autorizados por
Antes de referirnos a las conclusiones vale la pena aclarar previamente algunas
cuestiones:
· Que los exportadores de granos, tienen el cuestionable privilegio de poder
presentar anticipadamente Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) y
congelar tanto la alícuota del Derecho de Exportación (retenciones) como el
valor FOB declarado.
· Que a fin del año pasado, los exportadores contaron con información
privilegiada que se iban a aumentar las retenciones, como efectivamente sucedió
con
· Que en ese contexto, la abrupta suba internacional de precios de este año
descalzó a los exportadores, quienes necesitaron entonces de medidas tendientes
a que los precios internos de los granos volvieran a ser planchados en los
niveles del año pasado. Esto lo consiguieron con las retenciones móviles de la
resolución 125.
· Que de esta manera con alícuotas congeladas por las DJVE y precios planchados
por las retenciones móviles, los exportadores pueden consumar un gigantesco
negociado, que puede reportarles hasta u$s 100 por tonelada adicionales, cuando
lo usual en la intermediación es de u$s 2 la tonelada. EL gobierno nacional no
puede desconocer esta situación, por su propia responsabilidad, y por las
denuncias públicas y en el Parlamento que se formularon oportunamente.
· Que también, los exportadores tienen la ventaja de contar con una Aduana
“ciega, sorda y muda”, que a pesar que en todos los medios especializados y no
especializados se difunde que las retenciones son un porcentaje del valor FOB,
la mayor parte de ellos se liquida por debajo de ese valor. En efecto, desde el
01/01/2007 a la fecha, en 35.096 Permisos de Embarque hemos detectado que
· Que por último nos tomamos el trabajo de comparar los precios que los
exportadores liquidan en la aduana y los que figuran en su página web
(www.ciara.com.ar), sacando la conclusión que las diferencias en contra del
fisco alcanzan a otros u$s 1.624.387.453 en el período del 1/1/2007 al
31/5/2008..
Algunos pormenores del informe:
Uno de los objetivos de ese análisis fue responder a los siguientes
interrogantes
A) ¿Cuánto ha recaudado de más el fisco desde el dictado de la conflictiva
Resolución 125/08 de retenciones móviles? ¿Cuanto se podrá destinar al Fondo de
Redistribución, para hospitales, viviendas y caminos rurales?
B) ¿Cuanto hubiera recaudado el fisco si se anularan las falsas DJVE, y a los
permisos de embarque se le aplicara
C) ¿Cuánto hubiera recaudado el fisco si a los permisos de embarque se le
aplicara como Base Imponible el valor FOB; y no una cifra menor como sucede en
la mayoría de los casos? En este caso ¿Cuales Aduanas son las más permisivas?
D) ¿Cuánto hubiera recaudado el fisco si a los permisos de embarque se les
aplicara el precio FOB vigente internacionalmente; y no el congelado mediante
las DJVE?
En definitiva nos preguntamos que hubiera sucedido -o que puede llegar a
suceder- si el Estado en vez de estar al servicio de un hiper-concentrado grupo
de empresas transnacionales exportadoras, estuviera al servicio de la
producción nacional y de los intereses nacionales y populares.
CONCLUSIONES:
A) ¿Cuánto ha recaudado de más el fisco desde el dictado de
La respuesta es que POR AHORA NADA y es muy probable que en el FUTURO TAMPOCO.
Esta respuesta surge porque los 1.479 permisos de embarque correspondientes al
complejo soja autorizados desde el 13/03/2008 a la fecha, totalizaron u$s
2.511.182.751 de valor FOB, habiéndose liquidado por ellos u$s 573.785.762 de
Derechos de Exportación, lo que equivale solo a un 22% sobre el valor FOB.
Estas cifras están muy por debajo del piso del 35% necesario para financiar el
recientemente anunciado programa de redistribución social (decreto 904/2008).
Por lo tanto, este programa no cuenta por el momento con ningún fondo porque
los exportadores están liquidando los Derechos de Exportación con las alícuotas
congeladas a un año atrás, o más, por efecto de las Declaraciones Juradas de
Venta al Exterior.
B) ¿Cuánto hubiera recaudado el fisco si a los permisos de embarque se le
aplicara
El total exportado desde el dictado de la resolución 389 de noviembre pasado
(que elevó la alícuota para la soja del 27,5 al 35 %) asciende hasta el
presente a u$s 12.547.615.867 y el total recaudado por Derechos de Exportación
fue de u$s 2.917.070.126 Esta cifra es notablemente inferior a los u$S
4.233.220.895 que debería haber recaudado el fisco si se computaran al momento
del despacho de aduana las alícuotas vigentes por derechos de exportación; y no
las CONGELADAS por DJVE fraudulentas.
Se asume que los exportadores descuentan al productor el Derecho de Exportación
vigente y liquidan a
Periodo Vigencia |
FOB u$s |
DERECHOS EXPORTACION u$s |
||
Recaudados |
Que se debían recaudar |
Diferencia a favor exportadores |
||
Res 125 |
4.081.179.787 |
920.981.971 |
1.409.435.851 |
-488.453.879 |
Res 389 |
8.466.436.080 |
1.996.088.155 |
2.823.785.044 |
-827.696.889 |
Totales |
12.547.615.867 |
2.917.070.126 |
4.233.220.895 |
-1.316.150.768 |
En este caso ¿Qué exportadoras se beneficiaron con estas maniobras?
COMPLEJO |
FOB u$s |
DERECHOS EXPORTACIÓN u$s |
||
Recaudados |
Que se debían recaudar |
Diferencia a favor exportadores |
||
Biocombustibles |
451.401.214 |
33.923.746 |
90.280.242 |
-56.356.495 |
Girasol |
695.504.228 |
141.500.573 |
202.085.165 |
-60.584.592 |
Maíz |
1.366.653.266 |
326.264.725 |
352.596.542 |
-26.331.817 |
Soja |
7.627.574.938 |
1.776.661.129 |
2.955.689.093 |
-1.179.027.964 |
Trigo |
2.406.482.219 |
638.719.951 |
632.569.850 |
6.150.101 |
Totales |
12.547.615.867 |
2.917.070.126 |
4.233.220.895 |
-1.316.150.768 |
Listado de empresas exportadoras beneficiadas con más de 1.000.000 de U$S.
Razón Social Exportador |
FOB u$s |
Diferencia u$s |
No Informado |
3.791.725.310 |
-472.730.336 |
Bunge Argentina SA |
1.539.473.704 |
-181.036.135 |
LDC Argentina S A |
1.102.968.903 |
-131.869.253 |
Cargill Sociedad Anonima Comercial E Industrial |
928.849.905 |
-115.812.875 |
Aceitera General Deheza Sa. |
1.042.719.124 |
-95.667.962 |
Vicentin Saic. |
778.053.133 |
-85.531.161 |
Molinos Río De |
404.273.328 |
-49.025.306 |
Asociación De Cooperativas Argentinas Coop Ltda |
301.803.810 |
-29.098.145 |
Renova S.A |
252.024.158 |
-27.374.935 |
Nidera Sociedad Anonima |
494.122.108 |
-25.814.715 |
Noble Argentina S.A. |
253.112.696 |
-21.274.123 |
Oleaginosa Moreno Hermanos Sacifia. |
332.768.017 |
-16.754.910 |
Alfred C Toepfer
International |
322.174.420 |
-10.477.569 |
Aceitera Martínez Sacif |
46.204.573 |
-7.777.573 |
ADM Argentina S A |
453.749.581 |
-7.397.270 |
Compañía Argentina De Granos S A |
73.643.727 |
-5.497.819 |
Molino Cañuelas Sacifia. |
46.289.757 |
-4.830.527 |
Servicios Integrados para Exportación Agroalimentos |
52.949.047 |
-3.711.444 |
Agricultores Federados Argentinos, S. C. L. |
47.194.347 |
-3.006.895 |
Compañía Agroindustrial |
11.731.863 |
-2.133.994 |
Agrenco Argentina S.A. |
31.511.759 |
-1.196.189 |
Argensun Sa. |
4.025.725 |
-1.056.724 |
Pitey Sa |
14.147.156 |
-1.010.382 |
C) ¿Cuánto hubiera recaudado el fisco si a los permisos de embarque se le
aplicara como Base Imponible el valor FOB; y no una cifra menor como sucede en
la mayoría de los casos?
Desde el 01/01/2007 a la fecha, en 35.096 Permisos de Embarque se ha detectado
que
DIFERENCIAS EN BASE IMPONIBLE |
|||
Aduana |
FOB U4s |
Diferencias |
% evasión sobre FOB |
ORAN {76} |
471.105 |
-16.851 |
34% |
CONCORDIA {16} |
342.528 |
-29.804 |
33% |
SANTA FE {62} |
21.522.697 |
-549.263 |
28% |
CÓRDOBA {17} |
82.874.691 |
-4.673.306 |
22% |
VILLA CONSTITUCIÓN {69} |
20.294.661 |
-897.543 |
21% |
MENDOZA {38} |
257.835.742 |
-14.676.421 |
21% |
|
49.869.055 |
-1.040.740 |
20% |
RÍO GALLEGOS {48} |
299.561 |
-13.546 |
20% |
TUCUMÁN {74} |
10.144 |
-101 |
20% |
CLORINDA {12} |
8.503.127 |
-341.625 |
19% |
BS. AS. {01} |
350.315.503 |
-13.955.025 |
18% |
POCITOS {45} |
24.629.532 |
-504.013 |
17% |
BARILOCHE {04} |
52.140 |
-503 |
17% |
SALTA {53} |
15.636.819 |
-446.218 |
17% |
|
13.594.415 |
-136.823 |
17% |
DIAMANTE {20} |
150.304.997 |
-5.956.298 |
15% |
GUALEGUAYCHU {26} |
33.089.654 |
-1.442.153 |
15% |
PASO DE LOS LIBRES {42} |
20.760.385 |
-371.855 |
15% |
SAN JAVIER {54} |
80.360 |
-1.247 |
15% |
IGUAZÚ {29} |
80.901.248 |
-1.229.271 |
15% |
BERNARDO DE IRIGOYEN {82} |
10.344.414 |
-153.745 |
14% |
ROSARIO {52} |
4.390.493.903 |
-152.305.917 |
14% |
SANTO TOME {84} |
1.163.905 |
-16.646 |
13% |
SAN LORENZO {57} |
11.176.589.901 |
-355.524.187 |
13% |
CONCEP.DEL URUGUAY {15} |
577.580 |
-12.822 |
12% |
NEUQUÉN {75} |
436.627 |
-11.945 |
12% |
NECOCHEA {40} |
944.158.600 |
-24.157.624 |
10% |
BAHÍA BLANCA {03} |
1.997.468.541 |
-45.478.951 |
9% |
MAR DEL PLATA {37} |
3.825.660 |
-46.842 |
9% |
JUJUY {31} |
737.685 |
-13.166 |
8% |
EZEIZA {73} |
196.961 |
-1.161 |
8% |
SAN PEDRO {60} |
76.858.520 |
-1.235.570 |
7% |
|
138.412 |
-381 |
5% |
SAN LUÍS {83} |
842.737 |
-10.269 |
5% |
COLON {13} |
948.427 |
-10.673 |
5% |
CAMPANA {08} |
526.458.651 |
-5.250.492 |
4% |
SAN NICOLÁS {59} |
158.761.979 |
-1.222.479 |
3% |
PARANÁ {41} |
5.274.434 |
-15.292 |
1% |
Como en la respuesta anterior ya se incluye implícitamente este cálculo hasta
el 9/11/07, solo se debe adicionar el cómputo de las diferencias entre
Diferencias valor FOB y Base Imponible entre 01/01/07 y el 9/11/07
Periodo Vigencia |
FOB u$s |
DERECHOS EXPORTACION u$s |
||
Recaudados |
Que se debían recaudar |
Diferencia a favor exportadores |
||
22.876 |
11.516.877.495 |
2.251.942.232 |
2.535.060.159 |
283.117.926 |
D) ¿Cuánto hubiera recaudado el fisco si a los permisos de embarque se les
aplicara similares el precio vigente internacionalmente; y no el congelado
mediante DJVE?
Si comparamos los Precios internacionales de las mercaderías, tal como lo
consigna
Posición arancelaria |
Mercadería |
Fuente |
Precios FOB (Cuatrimestres) |
Promedio |
|||
1ª 07 |
2ª 07 |
3ª 07 |
1ª 08 |
||||
12.01.00.90 |
Soja |
CIARA |
318 |
364 |
468 |
562 |
428 |
Despachos aduana |
274 |
269 |
341 |
396 |
320 |
||
Relación |
115% |
122% |
126% |
132% |
124% |
||
15.07.10.00 |
Aceite soja |
CIARA |
723 |
854 |
1068 |
1394 |
1010 |
Despachos aduana |
576 |
662 |
778 |
987 |
751 |
||
Relación |
125% |
125% |
129% |
131% |
128% |
||
23.04.00.10 |
Torta soja |
CIARA |
268 |
288 |
406 |
488 |
362 |
Despachos aduana |
203 |
207 |
242 |
294 |
237 |
||
Relación |
131% |
132% |
133% |
135% |
133% |
Si consideramos el menor porcentaje del 24%
correspondiente al grano de soja posición arancelaria 12.01.00.90, para todo
el período analizado/1/2007 a la fecha, esta merma en el valor del Precio
FOB liquidado implica una reducción en los ingresos fiscales de al menos u$s
1.624.387.453.
Este importe surge de la suma de los Derechos que se DEBERÍAN
HABER RECAUDADO en ambos períodos considerados (4.233.220.895 + 2.535.060.159)
para luego aplicarle el 24%.
Fin de Avance Informe