LA FALACIA DE LAS RETENCIONES MÓVILES (AVANCE)

Por el Ingeniero Mario Cafiero

 

15 de junio del 2008

Una de las características con las que solemos abordar los conflictos en nuestra Argentina, es la falta de datos concretos del problema en cuestión. Entonces el debate, así planteado, tiende a reducirse a pre-juicios o a simplemente tomar partido a favor o en contra, por afinidad o antagonismo político. Esta metodología ha dado como resultado que muchos" sapos" fueron tragados, apelando sólo a determinadas afinidades simbólicas del pasado. También ha posibilitado que enormes elefantes blancos se hayan introducido en la vida política y económica argentina; al calor de encendidos discursos en contra precisamente de esos elefantes blancos.

Esto lo estamos viviendo nuevamente hoy, con motivo del conflicto entre el gobierno y el campo.

Por un lado el gobierno sostiene que la postura del campo es movilizada por sectores golpistas “destituyentes” y antidemocráticos, a los que no precisa; y financiada por poderosos “pooles” de siembra de soja, a los que no identifica.

Por su parte los representantes rurales dicen que las medidas del gobierno tienden a beneficiar a esos poderosos “pooles” de siembra , al expulsar la competencia de los pequeños y medianos productores, y a los sectores concentrados de la intermediación agroalimentaria, que son un puñado de empresas que todos conocemos y se pueden contar con los dedos de las manos.

La evidencia de los hechos que a continuación se exponen, le da enteramente la razón a la postura del campo. Y además muestra la existencia de graves inconductas, lindantes con ilícitos penales, por parte del gobierno. Aunque a primera vista parezca sorprendente, hemos llegado a la conclusión que:

Las retenciones móviles habrían sido dictadas en directo beneficio de los exportadores de granos.


Esta afirmación aunque parezca temeraria, tiene su fundamento en el hecho que hacia fines del año pasado, al compás de que la soja llegaba a su máximo nivel de precios históricos, los exportadores presentaron declaraciones juradas de venta al exterior por volúmenes desproporcionados con el objeto de congelar las retenciones a pagar, cuya suba se concretó inmediatamente después con la resolución 369.


Pero seguidamente en forma inesperada, por la irrupción de la especulación financiera internacional, la soja siguió subiendo ininterrumpidamente, hasta llegar en marzo del 2008 al doble del valor que tenía en el 2007. Esto les jugó en contra a los exportadores de granos. No podían efectivizar las masivas ventas anticipadas, comprando en el mercado interno a precios muy superiores a los precios de exportación ya fijados. Necesitaban imperiosamente que los precios se retrotrayeran a noviembre del año anterior. Y el gobierno cómplice de la maniobra les dio la mano salvadora, dictando la medida de las retenciones móviles.
No habrá este año ni tal vez nunca, ningún excedente recaudatorio por retenciones por sobre el 35 % del valor FOB, que pueda ser aplicado a programas redistributivos sociales, como anunció recientemente el gobierno. Desde el dictado de la resolución 125 hasta ahora, pese al sustancial aumento de las retenciones móviles, el fisco solo a recaudado el 22 % sobre el valor FOB de las exportaciones de soja. Muy lejos de superar el 35 % que permitirá destinar fondos a dichos programas.


En consecuencia las retenciones móviles serían una falacia, o sea un engaño, fraude o mentira, con la que se está procurando beneficiar a las multinacionales cerealeras, sin importar el perjuicio causado a otros, en este caso los productores agrarios. Y sin que ello reporte ningún beneficio sustantivo al fisco.

La falacia también le ha servido al gobierno para movilizar a su favor a organizaciones sociales que aspiran a una más justa distribución de la riqueza, pese a que esto no sucederá con esta medida. La promesa inicial del gobierno de una redistribución de los ingresos extra de esta superrenta agraria, era ambigua. Pero atrapado por la dinámica del conflicto, tuvo que salir a comprometer el destino de los fondos, y dice que se van a realizar hospitales, viviendas y caminos en el interior. Pero estos nunca se construirán, al menos no con los dineros recaudados de las retenciones agrícolas por encima del 35%.

El anuncio de la Sra. Presidente de que no le importan “las cuentas fiscales, sino la cuenta social” sería así solo otro cuento, para tratar de justificar el gran cuento de las retenciones móviles, cuya parte sustancial ha sido ya subrepticiamente privatizada a favor de los exportadores de granos, mediante la letra chica de distintas medidas que adoptó el gobierno a la par que se desarrollaba el conflicto.

De acuerdo a nuestros cálculos la diferencia entre lo que los exportadores liquidaron al fisco y lo que estos le descontaron al productor, desde el dictado de la resolución 369 de noviembre pasado hasta el 31 de mayo de este año, es de u$s 1.316.150.768.

En tal sentido cabe que todos los argentinos nos hagamos un reproche, por la incapacidad que tenemos de ir “a las cosas”, y verlas tal como son, sin dejarnos engañar por la retórica discursiva, para lamentarnos muy a posteriori de los engaños sufridos.

El informe, que tenemos en elaboración, procura ser un aporte para que esto no nos suceda nuevamente, al menos en relación con este conflicto. Para su confección hemos analizado 55.319 Permisos de Embarque de Exportación, autorizados por la Aduana desde el 1/1/07 al 31/5/08, respecto las mercaderías sometidas a las conflictivas retenciones móviles.

Antes de referirnos a las conclusiones vale la pena aclarar previamente algunas cuestiones:

· Que los exportadores de granos, tienen el cuestionable privilegio de poder presentar anticipadamente Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) y congelar tanto la alícuota del Derecho de Exportación (retenciones) como el valor FOB declarado.

· Que a fin del año pasado, los exportadores contaron con información privilegiada que se iban a aumentar las retenciones, como efectivamente sucedió con la Resolución 389 del 11/9/2007. En función de ello, anticiparon DJVE ficticias por cifras absolutamente desproporcionadas en relación a los niveles históricos.

· Que en ese contexto, la abrupta suba internacional de precios de este año descalzó a los exportadores, quienes necesitaron entonces de medidas tendientes a que los precios internos de los granos volvieran a ser planchados en los niveles del año pasado. Esto lo consiguieron con las retenciones móviles de la resolución 125.

· Que de esta manera con alícuotas congeladas por las DJVE y precios planchados por las retenciones móviles, los exportadores pueden consumar un gigantesco negociado, que puede reportarles hasta u$s 100 por tonelada adicionales, cuando lo usual en la intermediación es de u$s 2 la tonelada. EL gobierno nacional no puede desconocer esta situación, por su propia responsabilidad, y por las denuncias públicas y en el Parlamento que se formularon oportunamente.

· Que también, los exportadores tienen la ventaja de contar con una Aduana “ciega, sorda y muda”, que a pesar que en todos los medios especializados y no especializados se difunde que las retenciones son un porcentaje del valor FOB, la mayor parte de ellos se liquida por debajo de ese valor. En efecto, desde el 01/01/2007 a la fecha, en 35.096 Permisos de Embarque hemos detectado que la Base Imponible sobre la que se calculan los derechos de Exportación es inferior al Valor FOB. Asimismo, tal como lo denunciáramos oportunamente, hemos encontrado 6.434 Permisos donde la Base Imponible es el valor FAS (Free Alongside Ship) y no el valor FOB. Por esta diferencia entre el valor FOB y la base imponible disminuida estimamos una pérdida de ingresos adicionales de u$s 283.117.926 para el período del 1/01/07 al 9/11/2007

· Que por último nos tomamos el trabajo de comparar los precios que los exportadores liquidan en la aduana y los que figuran en su página web (www.ciara.com.ar), sacando la conclusión que las diferencias en contra del fisco alcanzan a otros u$s 1.624.387.453 en el período del 1/1/2007 al 31/5/2008..

Algunos pormenores del informe:

Uno de los objetivos de ese análisis fue responder a los siguientes interrogantes

A) ¿Cuánto ha recaudado de más el fisco desde el dictado de la conflictiva Resolución 125/08 de retenciones móviles? ¿Cuanto se podrá destinar al Fondo de Redistribución, para hospitales, viviendas y caminos rurales?

B) ¿Cuanto hubiera recaudado el fisco si se anularan las falsas DJVE, y a los permisos de embarque se le aplicara la Alícuota de exportación vigente en cada momento; y no la congelada mediante las DJVE?. En este caso ¿Qué exportadoras se beneficiaron y se benefician con estas maniobras?.

C) ¿Cuánto hubiera recaudado el fisco si a los permisos de embarque se le aplicara como Base Imponible el valor FOB; y no una cifra menor como sucede en la mayoría de los casos? En este caso ¿Cuales Aduanas son las más permisivas?

D) ¿Cuánto hubiera recaudado el fisco si a los permisos de embarque se les aplicara el precio FOB vigente internacionalmente; y no el congelado mediante las DJVE?

En definitiva nos preguntamos que hubiera sucedido -o que puede llegar a suceder- si el Estado en vez de estar al servicio de un hiper-concentrado grupo de empresas transnacionales exportadoras, estuviera al servicio de la producción nacional y de los intereses nacionales y populares.

CONCLUSIONES:

A) ¿Cuánto ha recaudado de más el fisco desde el dictado de la Resolución 125/08 de retenciones móviles?. ¿Cuanto se podrá destinar al Fondo de Redistribución, para hospitales, viviendas y caminos rurales?

La respuesta es que POR AHORA NADA y es muy probable que en el FUTURO TAMPOCO. Esta respuesta surge porque los 1.479 permisos de embarque correspondientes al complejo soja autorizados desde el 13/03/2008 a la fecha, totalizaron u$s 2.511.182.751 de valor FOB, habiéndose liquidado por ellos u$s 573.785.762 de Derechos de Exportación, lo que equivale solo a un 22% sobre el valor FOB.

Estas cifras están muy por debajo del piso del 35% necesario para financiar el recientemente anunciado programa de redistribución social (decreto 904/2008). Por lo tanto, este programa no cuenta por el momento con ningún fondo porque los exportadores están liquidando los Derechos de Exportación con las alícuotas congeladas a un año atrás, o más, por efecto de las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior.

B) ¿Cuánto hubiera recaudado el fisco si a los permisos de embarque se le aplicara la Alícuota de exportación vigente en cada momento; y no las congeladas mediante las DJVE?

El total exportado desde el dictado de la resolución 389 de noviembre pasado (que elevó la alícuota para la soja del 27,5 al 35 %) asciende hasta el presente a u$s 12.547.615.867 y el total recaudado por Derechos de Exportación fue de u$s 2.917.070.126 Esta cifra es notablemente inferior a los u$S 4.233.220.895 que debería haber recaudado el fisco si se computaran al momento del despacho de aduana las alícuotas vigentes por derechos de exportación; y no las CONGELADAS por DJVE fraudulentas.

Se asume que los exportadores descuentan al productor el Derecho de Exportación vigente y liquidan a la Aduana el Derecho de Exportación (DE) congelado mediante la DJVE. En esta hipótesis la diferencia a su favor que habrían embolsado los exportadores, es de u$s 1.316.150.768 desde la vigencia de las Resoluciones 369/07 y 125/08.
 

Periodo Vigencia

FOB u$s

DERECHOS EXPORTACION u$s

Recaudados

Que se debían recaudar

Diferencia a favor exportadores

Res 125

4.081.179.787

920.981.971

1.409.435.851

-488.453.879

Res 389

8.466.436.080

1.996.088.155

2.823.785.044

-827.696.889

Totales

12.547.615.867

2.917.070.126

4.233.220.895

-1.316.150.768

 

En este caso ¿Qué exportadoras se beneficiaron con estas maniobras?

 

COMPLEJO

FOB u$s

DERECHOS EXPORTACIÓN u$s

Recaudados

Que se debían recaudar

Diferencia a favor exportadores

Biocombustibles

451.401.214

33.923.746

90.280.242

-56.356.495

Girasol

695.504.228

141.500.573

202.085.165

-60.584.592

Maíz

1.366.653.266

326.264.725

352.596.542

-26.331.817

Soja

7.627.574.938

1.776.661.129

2.955.689.093

-1.179.027.964

Trigo

2.406.482.219

638.719.951

632.569.850

6.150.101

Totales

12.547.615.867

2.917.070.126

4.233.220.895

-1.316.150.768

                           

Listado de empresas exportadoras beneficiadas con más de 1.000.000 de U$S.

 

Razón Social Exportador

FOB u$s

Diferencia u$s

No Informado

3.791.725.310

-472.730.336

Bunge Argentina SA

1.539.473.704

-181.036.135

LDC Argentina S A

1.102.968.903

-131.869.253

Cargill Sociedad Anonima Comercial E Industrial

928.849.905

-115.812.875

Aceitera General Deheza Sa.

1.042.719.124

-95.667.962

Vicentin Saic.

778.053.133

-85.531.161

Molinos Río De La Plata S A

404.273.328

-49.025.306

Asociación De Cooperativas Argentinas Coop Ltda

301.803.810

-29.098.145

Renova S.A

252.024.158

-27.374.935

Nidera Sociedad Anonima

494.122.108

-25.814.715

Noble Argentina S.A.

253.112.696

-21.274.123

Oleaginosa Moreno Hermanos Sacifia.

332.768.017

-16.754.910

Alfred C Toepfer International Argentina S R L

322.174.420

-10.477.569

Aceitera Martínez Sacif

46.204.573

-7.777.573

ADM Argentina S A

453.749.581

-7.397.270

Compañía Argentina De Granos S A

73.643.727

-5.497.819

Molino Cañuelas Sacifia.

46.289.757

-4.830.527

Servicios Integrados para Exportación Agroalimentos

52.949.047

-3.711.444

Agricultores Federados Argentinos, S. C. L.

47.194.347

-3.006.895

Compañía Agroindustrial La Oriental S A

11.731.863

-2.133.994

Agrenco Argentina S.A.

31.511.759

-1.196.189

Argensun Sa.

4.025.725

-1.056.724

Pitey Sa

14.147.156

-1.010.382


C) ¿Cuánto hubiera recaudado el fisco si a los permisos de embarque se le aplicara como Base Imponible el valor FOB; y no una cifra menor como sucede en la mayoría de los casos?

Desde el 01/01/2007 a la fecha, en 35.096 Permisos de Embarque se ha detectado que la Base Imponible sobre la que se calculan los derechos de Exportación es inferior al Valor FOB. Asimismo, tal como lo denunciáramos oportunamente, hemos encontrado 6.434 Permisos donde la Base Imponible es el valor FAS (Free Alongside Ship) y no el valor FOB. Conclusión, el exportador liquida como quiere.
 

DIFERENCIAS EN BASE IMPONIBLE

Aduana

FOB U4s

Diferencias

% evasión sobre FOB

ORAN {76}

471.105

-16.851

34%

CONCORDIA {16}

342.528

-29.804

33%

SANTA FE {62}

21.522.697

-549.263

28%

CÓRDOBA {17}

82.874.691

-4.673.306

22%

VILLA CONSTITUCIÓN {69}

20.294.661

-897.543

21%

MENDOZA {38}

257.835.742

-14.676.421

21%

LA QUIACA {34}

49.869.055

-1.040.740

20%

RÍO GALLEGOS {48}

299.561

-13.546

20%

TUCUMÁN {74}

10.144

-101

20%

CLORINDA {12}

8.503.127

-341.625

19%

BS. AS. {01}

350.315.503

-13.955.025

18%

POCITOS {45}

24.629.532

-504.013

17%

BARILOCHE {04}

52.140

-503

17%

SALTA {53}

15.636.819

-446.218

17%

LA PLATA {33}

13.594.415

-136.823

17%

DIAMANTE {20}

150.304.997

-5.956.298

15%

GUALEGUAYCHU {26}

33.089.654

-1.442.153

15%

PASO DE LOS LIBRES {42}

20.760.385

-371.855

15%

SAN JAVIER {54}

80.360

-1.247

15%

IGUAZÚ {29}

80.901.248

-1.229.271

15%

BERNARDO DE IRIGOYEN {82}

10.344.414

-153.745

14%

ROSARIO {52}

4.390.493.903

-152.305.917

14%

SANTO TOME {84}

1.163.905

-16.646

13%

SAN LORENZO {57}

11.176.589.901

-355.524.187

13%

CONCEP.DEL URUGUAY {15}

577.580

-12.822

12%

NEUQUÉN {75}

436.627

-11.945

12%

NECOCHEA {40}

944.158.600

-24.157.624

10%

BAHÍA BLANCA {03}

1.997.468.541

-45.478.951

9%

MAR DEL PLATA {37}

3.825.660

-46.842

9%

JUJUY {31}

737.685

-13.166

8%

EZEIZA {73}

196.961

-1.161

8%

SAN PEDRO {60}

76.858.520

-1.235.570

7%

LA RIOJA {79}

138.412

-381

5%

SAN LUÍS {83}

842.737

-10.269

5%

COLON {13}

948.427

-10.673

5%

CAMPANA {08}

526.458.651

-5.250.492

4%

SAN NICOLÁS {59}

158.761.979

-1.222.479

3%

PARANÁ {41}

5.274.434

-15.292

1%


Como en la respuesta anterior ya se incluye implícitamente este cálculo hasta el 9/11/07, solo se debe adicionar el cómputo de las diferencias entre la Base Imponible y el valor FOB desde el 01/01/2007 al 9/11/2007. Esto representa u$s 283.117.926 más a favor de los exportadores.

Diferencias valor FOB y Base Imponible entre 01/01/07 y el 9/11/07

 

Periodo Vigencia

FOB u$s

DERECHOS EXPORTACION u$s

Recaudados

Que se debían recaudar

Diferencia a favor exportadores

22.876

11.516.877.495

2.251.942.232

2.535.060.159

283.117.926


D) ¿Cuánto hubiera recaudado el fisco si a los permisos de embarque se les aplicara similares el precio vigente internacionalmente; y no el congelado mediante DJVE?

Si comparamos los Precios internacionales de las mercaderías, tal como lo consigna la Cámara de Industria del Aceite de la R.A. (CIARA) que reúne a los más importantes exportadores de cereales, con el precio promedio a que se han declarado los Permisos de Embarque, se llega a la conclusión que al menos estos deberían ser un 24 % superiores.
 

Posición arancelaria

Mercadería

Fuente

Precios FOB (Cuatrimestres)

Promedio

1ª 07

2ª 07

3ª 07

1ª 08

12.01.00.90

Soja

CIARA

318

364

468

562

428

Despachos aduana

274

269

341

396

320

Relación

115%

122%

126%

132%

124%

15.07.10.00

Aceite soja

CIARA

723

854

1068

1394

1010

Despachos aduana

576

662

778

987

751

Relación

125%

125%

129%

131%

128%

23.04.00.10

Torta soja

CIARA

268

288

406

488

362

Despachos aduana

203

207

242

294

237

Relación

131%

132%

133%

135%

133%



Si consideramos el menor porcentaje del 24% correspondiente al grano de soja posición arancelaria 12.01.00.90, para todo el período analizado/1/2007 a la fecha, esta merma en el valor del Precio FOB liquidado implica una reducción en los ingresos fiscales de al menos u$s 1.624.387.453.

Este importe surge de la suma de los Derechos que se DEBERÍAN
HABER RECAUDADO en ambos períodos considerados (4.233.220.895 + 2.535.060.159) para luego aplicarle el 24%.

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