ORDEN
JUDICIAL PARA GARANTIZAR EL SERVICIO DE EMERGENCIA MÉDICA
EN VILLAS Y ASENTAMIENTOS
|
Producción
Periodística Haydeé Dessal especial para Villa Crespo
Digital
21 de
abril del 2011
El 12
de abril del corriente año se conoció que el Juez Roberto
Gallardo ordenó garantizar inmediatamente el servicio de emergencia
médica en villas y asentamientos porteños.
Lo dispuso el juez Roberto Gallardo. Pidió al Gobierno de la
Ciudad elaborar un plan que incluya un protocolo de atención
del SAME y la protección de efectores y usuarios de los servicios
de atención primaria en centros de salud y hospitales
A continuación,
la parte dispositiva de la resolución:
“1.-
HACER LUGAR A LA MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA, ORDENANDO al Gobierno de
la Ciudad de Buenos Aires, a través del Ministerio de Salud,
que en FORMA INMEDIATA:
1.I. CONFECCIONE
un plan estructural de Salud que incluya un protocolo de atención
del SAME, de implementación inmediata, que garantice el servicio
de emergencia médica a los habitantes de las villas, asentamientos
y complejos habitacionales (Soldati, Piedrabuena, Lugano, etc) de la
Ciudad de Buenos Aires, en tiempo oportuno y seguro, y con las medidas
de contingencia necesarias para que dicho servicio no se vea interrumpido
por la falta eventual de recursos humanos de la Policía Federal
Argentina. El plan deberá ser presentado en la Audiencia Pública
a celebrarse conforme lo dispuesto en el punto 3).-
1.II.-
DISPONGA un plan de protección que efectivice las garantías
en las condiciones de seguridad e integridad psicofísica de los
efectores y usuarios de los servicios de atención primaria de
salud en los CESACs y hospitales que prestan el servicio público
de salud a las comunidades afectadas (Villas, asentamientos y barrios
pobres de la Ciudad), proveyendo de inmediato los recursos humanos idóneos
para prevenir y contener hechos de violencia y conflictividad que pongan
en riesgo la integridad psicofísica de los profesionales y usuarios
del servicio de salud en las villas.
1.III.-
IDENTIFIQUE a los empleados públicos que protagonizaron la atención
médica del Señor Humberto Ruiz el pasado día 05
de abril en el barrio Villa 31/31bis, debiendo comunicarlo el tribunal
en el término de un (1) día.
2.-ESTABLECER
medida no innovativa ordenando al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,
mantenga inalterables las condiciones laborales de los profesionales
y empleados del GCBA que han solicitado y/o adherido a la presente acción.-
3.- ORDENAR
se extraigan fotocopias certificadas de la presente y que las mismas
sean remitidas con carácter de urgente a la Fiscalía Penal,
Contravencional y de Faltas Nro. 7 que investiga los hechos del día
05 de Abril de 2011 que culminaron con la muerte de Humberto Ruiz.
4.- ORDENAR
a los fines de cumplimentar lo resuelto en los puntos 1) y 2) la celebración
de una Audiencia Pública para el día viernes 15 de abril
de 2011, a las 11.30hs, la que se llevará a cabo en la sede del
Colegio Público de Abogados de la Capital Federal sito en Av.
Corrientes 1441 de esta Ciudad, y a la que deberán comparecer
con carácter de personal e indelegable el Sr. Ministro de Salud
del GCBA, Sr. Jorge Lemus quien deberá exponer –en el mismo
carácter- sobre los puntos 1.I y 1.II bajo apercibimiento en
caso de inasistencia injustificada, de comparecer traído por
la fuerza pública. También deberán comparecer en
dicha oportunidad el Sr. Ministro de Seguridad y Justicia del GCBA,
el Dr. Guillermo Montenegro; el Sr. Jefe de Gabinete de Ministros del
GCBA, Dr. Horacio Rodríguez Larreta; y el Sr Procurador General
de la Ciudad, Dr. Ramiro Monner Sanz, por parte del GCBA y serán
citadas además las autoridades de las Juntas Vecinales de las
villas 21/24, 20, 31 y 31bis, Piletones, Villa 3 y 1-11-14 (Intervención),
el equipo de sacerdotes villeros (Vicaría Sacerdotal de Villas
de Emergencia), el Instituto Nacional contra la Discriminación,
la xenofobia y el racismo (INADI), la Señora Defensora del Pueblo
de la Ciudad de Buenos Aires y el Señor Presidente de la Comisión
de Salud de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, Dr. Jorge Selzer.
5.- PONER
EN CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN al Señor Jefe
de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ing. Mauricio
Macri.
COMUNÍQUESE
A LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA a través de la oficina
de Enlace con el P.J. C.A.B.A. a los fines del dispositivo de seguridad
necesario para la celebración de la audiencia.
Regístrese,
notifíquese a los interesados y a la Asesoría Tutelar
de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario nº
1, en su público despacho a cuyo fin confiérase vista
por el término de un (1) día. Notifíquese a la
Procuración General de la Ciudad y todos los citados en forma
personal, por Secretaria, en el día, con carácter de urgente
y con habilitación de días y horas inhábiles.”
Caracteres:
4837