SEGUNDA
PARTE
Producción
periodística de Villa Crespo Digital
5
de agosto del 2011
A
partir de hoy iremos entregando la información correspondiente
a las elecciones primarias del próximo domingo 14 de agosto
del corriente año.
La
información proviene de la Dirección Nacional Electoral
-Ministerio de Justicia.
También
podrán cliquear en la urna que ponemos a su disposición,
a la izquierda, y allí entra al padrón electoral y
consulta en forma individual.
QUÉ
SE DEBE SABER
QUÉ
SON LAS ELECCIONES PRIMARIAS
QUÉ
SE VOTA
QUÉ
SE DECIDE
QUIÉNES
VOTAN
SI
SON O NO OBLIGATORIAS
AFILIACIONES
O NO A PARTIDOS POLÍTICOS
QUÉNES
SE PUEDEN PRESENTAR PARA SER ELECTOS
POSTULANTES
- AGRUPACIONES POLÍTICAS
INSCRIPCIÓN
EN EL PADRÓN
DOCUMENTOS
QUE DEBO CONCURRIR
POR
QUÉ ES IMPORTANTE VOTAR EN LAS ELECCIONES PRIMARIAS
Elecciones
Primarias del 14 de Agosto. 19 PUNTOS DE LO QUE HAY QUE SABER
1.
Qué son las Elecciones Primarias?
2. Qué se decide en las elecciones primarias?
3. Qué se vota en las elecciones primarias?
4. Quiénes votan en las elecciones primarias?
5. Las elecciones primarias ¿son obligatorias para quienes
no están afiliados a ningún partido político?
6. Si no estoy afiliado a ningún partido político,
¿puedo participar en las elecciones primarias?
7. Si participé de la elección interna del partido
político al que me encuentro afiliado, ¿debo votar
también en las elecciones primarias?
8. Quiénes pueden presentar precandidaturas en las elecciones
primarias?
9. Las agrupaciones políticas que postulen una única
lista, ¿también deben presentarse en las elecciones
primarias?
10. Quiénes pueden ser precandidatos en las elecciones primarias?
11. Cuándo y dónde se vota en las elecciones primarias?
12. Cuándo y dónde puedo consultar si estoy inscripto
correctamente en el padrón electoral nacional?
13. Dónde y cuándo puedo consultar el lugar de votación?
14. Con qué documento se vota en las elecciones primarias?
15. Cómo se vota en las Primarias?
16. Cómo podré identificar las boletas de mi preferencia?
17. Al emitir mi voto, ¿tengo que elegir obligatoriamente
la misma boleta para toda las categorías de cargos?
18. Por qué es importante votar en las elecciones primarias?
19. Dónde puedo informarme más sobre las elecciones
primarias?
7.
Si participé de la elección interna del partido político
al que me encuentro afiliado, ¿debo votar también
en las elecciones primarias?
Sí,
las elecciones primarias son de carácter obligatorio para
todos los ciudadanos que tengan 18 años o más al 23
de octubre, se encuentren o no afiliados a algún partido
político.
El
próximo 14 de agosto en todo el país y en un mismo
acto electoral, todos los partidos políticos simultáneamente
dirimirán sus precandidaturas, para todos los cargos electivos
nacionales en disputa.
Las
elecciones primarias son el único método habilitante
para la selección de candidaturas y de agrupaciones que pretendan
presentarse en las elecciones nacionales.
Para
verificar si figurás correctamente en el padrón consultá
en www.padron.gob.ar
8.
¿Quiénes pueden presentar precandidaturas en las elecciones
primarias?
Las
agrupaciones políticas -esto es, partidos políticos,
alianzas y confederaciones de partidos- son las únicas instituciones
habilitadas para postular precandidaturas en las elecciones primarias.
Las
precandidaturas deben contar con el aval de un número determinado
de afilados a la agrupación política por la que pretendan
presentarse.
Este
número varía de acuerdo a la categoría de cargo
a la que se pretenda presentar precandidatura y se determina en
función de un porcentaje del padrón de afiliados o
del padrón del distrito, aplicándose el que sea menor.
Así,
para postular precandidatos a senadores y diputados nacionales en
elecciones primarias, cada precandidatura deberá estar avalada
por un número de afiliados no menor al 2‰ del total
del padrón del distrito o del 2% del número de afiliados
de la agrupación política, el que sea menor.
En
tanto, en el caso de las precandidaturas a presidente y vicepresidente
de la Nación, el aval mínimo de afiliados requerido
es igual al 1‰ de los inscritos en el padrón general,
domiciliados en al menos 5 distritos, o al 1% del padrón
de afiliados a la agrupación política de 5 distritos
a su elección, en los que tenga reconocimiento vigente, el
que sea menor.
9.
Las agrupaciones políticas que postulen una única
lista, ¿también deben presentarse en las elecciones
primarias?
Sí.
Las elecciones primarias son obligatorias para todas las agrupaciones
políticas que pretendan competir en las elecciones nacionales,
aún para aquellas que postulen una única lista de
precandidatos, dado que son el único método habilitante
para la selección de candidaturas y de agrupaciones que se
presentarán en las elecciones nacionales.
Las
agrupaciones políticas deciden quiénes serán
sus precandidatos, pero son los ciudadanos a través de su
voto quienes deciden entre los mismos.
De
esta manera se impide que los precandidatos que sean derrotados
en una elección primaria, compitan en la elección
nacional, y se evita la proliferación de listas electorales
que carecen de representación efectiva en la sociedad.
Por
eso, la participación no sólo de afiliados sino de
la ciudadanía en general, generará que los candidatos
seleccionados tengan mayor legitimidad social.
10.
¿Quiénes pueden ser precandidatos en las elecciones
primarias?
La
designación de los precandidatos es una atribución
exclusiva de las agrupaciones políticas, a quienes en consecuencia
les corresponde determinar los requisitos exigidos para ser precandidato
por las mismas -pudiendo incluso postular a extrapartidarios-, debiendo
respetar lo establecido en sus cartas orgánicas y en la normativa
electoral vigente
No
obstante la capacidad de las agrupaciones políticas para
determinar requisitos a exigir a sus precandidatos, la normativa
nacional prohíbe la postulación de precandidatos en
las elecciones primarias a:
Personas
con auto de procesamiento o condena por delitos de lesa humanidad
y violaciones a los derechos humanos.
Personas
que desempeñen cargos directivos o fuesen apoderados de empresas
concesionarias de servicios y obras públicas de la Nación,
provincias, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, municipalidades
o entidades autárquicas o descentralizadas o de empresas
que exploten juegos de azar.
Cabe
aclarar que continúan vigentes las demás exclusiones
enumeradas en el artículo 33 de la Ley Nº 23.298 Orgánica
de los Partidos Políticos.
11.
¿Cuándo y dónde se vota en las elecciones primarias?
Las
elecciones primarias se realizarán en todo el país
el próximo 14 de agosto, entre las 8 a 18 horas.
En
las primarias y en las nacionales se votará en el mismo lugar,
pero como las mesas electorales serán mixtas es muy probable
que haya cambiado el lugar de votación respecto de la elección
del 2009.
Por
ello, se aconseja verificar el lugar de votación a partir
del 30 de julio.
Los
padrones provisorios y los definitivos podrán consultarse:
Por
internet: www.padron.gob.ar
Telefónicamente, llamando al 0800-999 PADRON (7237)
Enviando un mensaje de texto (SMS) al 64646, ingresando la palabra
“voto” (espacio) y el número de DNI seguido de
la letra “M” o “F”, según el sexo
del elector
12.
¿Cuándo y dónde puedo consultar si estoy inscripto
correctamente en el padrón electoral nacional?
Los
padrones provisorios podrán consultarse:
Por
Internet: www.padron.gob.ar
Desde el teléfono celular, enviando un mensaje de texto al
64646, ingresando la palabra “voto” (espacio) y el número
de DNI seguido de la letra “M” o “F” según
el sexo del elector.
Telefónicamente, llamando a las líneas gratuitas 0800-999
PADRON (7237)
Arriba
13.
¿Dónde y cuándo puedo consultar el lugar de
votación?
En
las primarias y en las nacionales se votará en el mismo lugar,
pero como las mesas electorales serán mixtas es muy probable
que haya cambiado el lugar de votación respecto de la elección
de 2009.
Por
ello, se aconseja verificar el lugar de votación y las mesas
electorales a partir del 30 de julio.
Los
padrones definitivos podrán consultarse:
Por
internet: www.padron.gob.ar
Telefónicamente, llamando al 0800-999 PADRON (7237)
Enviando un mensaje de texto (SMS) al 64646, ingresando la palabra
“voto” (espacio) y el número de DNI seguido de
la letra “M” o “F”, según el sexo
del elector
Caracteres:
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