FLORENCIO VARELA - TRATADO DEL PILAR - ANTONIO ALICE
23 DE FEBRERO
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Producción
periodística Villa Crespo Digital
22 de febrero del 2020 *
1807 - FLORENCIO VARELA
Nace
en Buenos Aires el jurisconsulto, político y periodista Florencio
Varela. Combatió a Rosas desde su periódico "El Correo
del Plata". En Francia, visitó a Víctor Hugo y al
viajero y naturalista Alcides D'Orbigny. Murió en Montevideo
el 20 de marzo de 1848.
Escritor
bonaerense exiliado en Montevideo por Rosas; llegó a ser el vocero
unitario más temido por el dictador argentino.
Nació, en Buenos Aires, hermano de Juan Cruz Varela; desde temprano,
atrajo la atención por la pureza de su estilo literario; trabajó
como reportero en varios diarios; recibió un nombramiento en
el gobierno de Rivadavia; se graduó en la Facultad de Derecho
de Buenos Aires en 1827.
Partió al exilio en Montevideo (1828), luego de la caída
del gobierno de Rivadavia; en Uruguay, Varela se unió a otros
intelectuales y escritores unitarios argentinos para oponerse a Rosas
a través de la escritura y de la acción; fue un miembro
relevante de la Comisión Argentina; a principios de la década
de 1840, abandonó el Uruguay para hacer dos viajes: en 1841-1842
pasó varios meses en Río de Janeiro para mejorar su salud
y recopilar documentación para una historia de la Argentina.
Trabajó
la mayor parte del tiempo con Bernardino Rivadavia, quien le facilitó
mucho material histórico valioso, parte del cual se perdió
en un naufragio cuando Varela regresaba a Montevideo.
En 1843 emprendió una misión diplomática a Inglaterra
y Francia (donde también visitó a San Martín) para
el gobierno del Uruguay; al regresar a Montevideo, publicó el
Comercio del Plata (primera edición el 1° de octubre de 1845),
que rápidamente se convirtió en el periódico más
temido y odiado por Rosas.
El 20 de marzo de 1848, Florencio Varela fue herido de muerte en el
umbral de su casa por Andrés Cabrera, quien aparentemente respondía
a las órdenes de Manuel Oribe y de Rosas.
1820
EL TRATADO DEL PILAR
Con la
intervención de Sarratea, Francisco Ramírez y Estanislao
López, se firma, entre las provincias de Buenos Aires, Santa
Fe y Entre Ríos, el Tratado del Pilar, que dispone el cese de
las hostilidades y convoca a un congreso constituyente para organizar
las provincias de acuerdo con el sistema federal. Es uno de los "pactos
preexistentes" a los que alude en su Preámbulo la Constitución
Nacional de 1853.
La firma
del Tratado Del Pilar, el 23 de febrero de 1820, significó el
origen del federalismo nacional. Por este hecho relevante se reconoce
al Partido de Pilar como "Cuna del Federalismo" Rubricado
en la primitiva capilla Del Pilar, puso fin a la guerra entre las provincias
de entre Ríos y Santa Fe contra Buenos Aires. En la Constitución
Nacional se lo incluye como "Pacto Preexistente".
FIRMA DEL TRATADO DEL PILAR
Sarratea.
Ramírez y López firmaron el tratado del Pilar, Buenos
Aires figuraba en el mismo como provincia autónoma en igualdad
de condiciones con las demás. A todo esto, el ejército
de Artigas había sido vencido en Tacuarembó por los portugueses
el 20 de enero de 1820 y este hecho se hizo sentir en el tratado: si
bien se disponía la reunión del Congreso de San Lorenzo
y se mencionaba el reclamo del jefe oriental respecto al auxilio ante
el invasor, Artigas era desplazado políticamente y ello condujo
a su posterior choque con Ramírez y, tras su derrota, a su exilio
en el Paraguay.
El tratado
sentaba las bases para un régimen federal. Buenos Aires perdía
en forma temporal el dominio político pero, de hecho, conservaba
sus privilegios económicos.
Su recuperación
fue cuestión de tiempo gracias a sus recursos superiores, al
igual que el triunfo final de su política, tras largos años
de guerra civil.
SÍNTESIS DEL TRATADO DEL PILAR
El Tratado
del Pilar, después de una introducción en la que se deja
constancia que las partes contratantes resuelven poner fin a la guerra,
para "concentrar sus fuerzas y recursos en un gobierno federal",
contiene doce artículos, cuya síntesis es la siguiente:
1º
Las provincias signatarias se pronuncian a favor de "la federación",
cuya existencia "de hecho admiten", con la aclaración
de que tal pronunciamiento deberá ser confirmado o no por los
diputados de todas las provincias, en un Congreso que ha de reunirse
en el Convento de San Lorenzo "a los sesenta días contados
desde la ratificación de esta Convención".
2º
Las hostilidades cesan el mismo día de la firma del tratado,
debiendo retirarse "las divisiones beligerantes de Santa Fe y Entre
ríos a sus respectivas provincias". Este segundo artículo,
cuyo acatamiento por parte de los federales está condicionado
al cumplimiento de las cláusulas de un segundo convenio, al que
no se menciona, pues es valor secretamente entendido entre él
y Sarratea, que los federales sólo han de retirarse cuando se
les cancelen los "gastos de guerra".
3º
Los gobernadores de Santa Fe y Entre Ríos, "recuerdan a
la heroica provincia de Buenos Aires, cuna de la libertad de la Nación",
la difícil situación en que se encuentra la Banda Oriental,
invadida por un ejército extranjero, "y aguardan de su generosidad
y patriotismo auxilios proporcionados a la orden de la empresa, seguros
de alcanzar cuanto quepa en la esfera de lo posible".
4º
Establece que las aguas de los ríos Paraná y Uruguay sólo
podrán ser navegadas libremente por embarcaciones de las provincias
amigas "cuyas costas sean bañadas por dichos ríos".
5º
Decreta una amnistía general.
6º
Fija ante cualquier diferencia que pueda surgir, respecto de los límites
provinciales, será sometida "a la resolución del
Congreso General de Diputados".
7º
Las partes contratantes admiten, "porque esta medida es muy particularmente
del interés de los jefes del ejército federal", que
la causa principal de la guerra, la deposición del régimen
directorial, "ha sido obra de la voluntad general por la repetición
de crímenes con que comprometía la libertad de la Nación,
con otros excesos de una magnitud enorme".
8º
Declara libre el comercio de armas entre las provincias federales.
9º
Ordena la libertad de todos los prisioneros de guerra "después
de ratificar esta convención".
10º
Aunque las partes contratantes estén convencidas de que todos
los artículos arriba expresados son conformes con los sentimientos
y deseos del excelentísimo señor Capitán General
de la Banda Oriental, don José Artigas, según lo expresado
el señor Gobernador de Entre Ríos, que dice estar autorizado
por dicho señor excelentísimo para este caso; "no
teniendo suficientes poderes en forma, se ha acordado remitirle copia
de esta acta para que, siendo de su agrado entable desde luego las relaciones
que pueda convenir a los intereses de la provincia de su mando, cuya
incorporación a las demás federadas se miraría
como un dichoso acontecimiento".
11º
Determina las condiciones en que abandonarán la provincia de
Buenos Aires las tropas federales, "a las 48 horas de ratificados
estos tratados".
12º
Por fin, precisa en dos días el término concedido para
aquella ratificación, "o antes, si fuese posible".
(Fuente Consultada: http://www.presidentederqui.com.ar/)
23 DE FEBRERO DE 1886
ANTONIO ALICE
Nace
en Buenos Aires el pintor Antonio Alice, autor de cuadros históricos
como "Los Constituyentes de 1853", hoy en la Pinacoteca del
Congreso de la Nación. Murió en Buenos Aires el 24 de
agosto de 1943.
Cuando
contaba con doce años de edad, Cupertino del Campo, entonces
estudiante de medicina, reconociendo su verdadera vocación, lo
lleva al taller del pintor Decoroso Bonifanti; allí estudia durante
seis años, y en 1904 se presenta al Concurso Nacional y obtiene
el Premio Roma, que le permite estudiar becado en Europa.
La muerte
de Güemes, oleo sobre tela, 1910
FUENTES:
varias.
* 3
de febrero del 2011. Actualizado el 26 de febrero del 2018
Caracteres:
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