UNIDADES
DE ATENCIÓN CIUDADANA
RECHAZADO
E PRIMERA INSTANCIA DEL PEDIDO DE INCONSTITUCIONAL DE LAS UNIDADES
DE ATENCIÓN CIUDADANA . UAC.
Por
Elena Luz González Bazán especial para Villa Crespo
Digital
3
de octubre del 2011
El
29 de septiembre pasado, la jueza Gabriela Seijas resolvió,
en primera instancia, sostener que "la Constitución
local le otorga al Jefe de Gobierno" las "atribuciones"
para la creación de las Unidades de Atención Ciudadana.
De
tal forma que la acción de amparo presentada por legisladores
y algunos vecinos de la Ciudad de Buenos Aires, que tenían
por objetivo declarar la inconstitucionalidad de la creación
de las Unidades de Atención Ciudadana, fue rechazada en primera
instancia por la jueza Gabriela Seijas, interviniente en la causa.
La
jueza Seijas es del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso
Administrativo y Tributario Nº 15, resolvió rechazar
la medida cautelar agregando que “En primer término,
cabe mencionar que la Constitución local otorga al Jefe de
Gobierno atribuciones para establecer la estructura y organización
funcional de la Administración Pública y para coordinar
las distintas áreas de la Administración central con
las comunas (confr. art. 104,inc. 9º y 15, de la CCABA)”.
Por
su lado, desde el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires afirman
que: "Las Unidades de Atención Ciudadana procurarán
el buen funcionamiento en la prestación de servicios a cargo
de otros ministerios, que actualmente se brindan en los Centros
de Gestión y Participación Comunal, propendiendo a
su optimización".
Agregan
que: "Además, asistirán y promoverán la
coordinación, supervisión y control en las prestaciones
de dichos servicios, como por ejemplo, el de Rentas, el otorgamiento
de licencias de conducir o los del Registro Civil".
FUENTES: Prensa Jefe de Gabinete gobierno porteño.
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