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UNIDADES DE ATENCIÓN CIUDADANA

 

UNIDADES DE ATENCIÓN CIUDADANA

RECHAZADO E PRIMERA INSTANCIA DEL PEDIDO DE INCONSTITUCIONAL DE LAS UNIDADES DE ATENCIÓN CIUDADANA . UAC.

Por Elena Luz González Bazán especial para Villa Crespo Digital

3 de octubre del 2011

El 29 de septiembre pasado, la jueza Gabriela Seijas resolvió, en primera instancia, sostener que "la Constitución local le otorga al Jefe de Gobierno" las "atribuciones" para la creación de las Unidades de Atención Ciudadana.

De tal forma que la acción de amparo presentada por legisladores y algunos vecinos de la Ciudad de Buenos Aires, que tenían por objetivo declarar la inconstitucionalidad de la creación de las Unidades de Atención Ciudadana, fue rechazada en primera instancia por la jueza Gabriela Seijas, interviniente en la causa.

La jueza Seijas es del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 15, resolvió rechazar la medida cautelar agregando que “En primer término, cabe mencionar que la Constitución local otorga al Jefe de Gobierno atribuciones para establecer la estructura y organización funcional de la Administración Pública y para coordinar las distintas áreas de la Administración central con las comunas (confr. art. 104,inc. 9º y 15, de la CCABA)”.

Por su lado, desde el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires afirman que: "Las Unidades de Atención Ciudadana procurarán el buen funcionamiento en la prestación de servicios a cargo de otros ministerios, que actualmente se brindan en los Centros de Gestión y Participación Comunal, propendiendo a su optimización".

Agregan que: "Además, asistirán y promoverán la coordinación, supervisión y control en las prestaciones de dichos servicios, como por ejemplo, el de Rentas, el otorgamiento de licencias de conducir o los del Registro Civil".
FUENTES: Prensa Jefe de Gabinete gobierno porteño.

Caracteres: 1836

2 Diciembre, 2018 17:57

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