CONDUCTOR NO HABILITADO PARA MANEJAR TAXI
LEGISLATURA PORTEÑA
Por
la Redacción Villa Crespo Digital
28
de abril del 2012
Presidido
por la vicejefe de gobierno porteño, María Eugenia
Vidal y el Vicepresidente, legislador Cristian Ritondo del PRO se
propuso un proyecto de ley: Conductor no habilitado para manejar
taxi.
Este
es un proyecto de ley que propone modificar el artículo 12.11.2.2
del Código de Tránsito y Transporte con el objeto
de especificar qué se entiende por conductor no habilitado
para manejar taxi.
De
esta manera se agregaría al artículo original, luego
de decir "un conductor no habilitado" la siguiente consideración:
"para prestar dicho servicio, o no habilitado para conducir
esa unidad", continuando luego con el texto primario.
En
tal sentido, en el artículo original estable que: "La
prestación de servicio de taxi mediante un conductor no habilitado
dará lugar al labrado del acta de comprobación a su
conductor y al titular de la Licencia le será dispuesta la
caducidad de la misma, pudiendo incluso disponerse la inhabilitación
del responsable por el término de cinco (5) años para
ejercer la actividad”.
Entre
los fundamentos del despacho correspondiente al expediente iniciado
por el Diputado Claudio Palmeyro (Peronista), se aclara: "debe
considerarse que se trata de un conductor no habilitado cuando el
mismo carece de habilitación para brindar el servicio público
de taxis, o cuando lo hace en una unidad para la cual no se haya
registrado".
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