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COMUNAS / CONSORCIOS - TANQUES DE AGUA

CONSORCIOS PORTEÑOS
TANQUES DE AGUA

Por la Redacción de Villa Crespo Digital

10 de noviembre del 2018

La Legislatura aprobó una nueva regulación para tanques de agua, el planteo fue impulsado por la Ciudad de Buenos Aires y será obligatorio un análisis bacteriológico y físico químico anual para garantizar la calidad del agua. Por una vieja normativa se tiraban 1692 millones de litros cada año, el equivalente a 677 piscinas olímpicas. Cada consorcio ahorrará al menos 8.000 pesos al año.

Esta cantidad de litros de agua se tiraban porque no se realizaba sin realizar un análisis del contenido para conocer el estado de situación. Una reglamentación del año 1991 obligaba a vaciar el tanque semestralmente, por esa imposición del Estado, los consorcios además, debían pagar un procedimiento de limpieza con un costo promedio de 16.360 pesos anuales para un edificio tipo de 36 unidades.

A partir del 8 de noviembre, se cambian los procedimientos mediante el cual se verifica el estado del tanque y la calidad del agua fijando un control obligatorio anual a través de un examen físico - químico y otro bacteriológico que, en caso de dar bien, evitará un desperdicio de agua equivalente al contenido de 677 piscinas olímpicas (50 x 25 metros y 2 metros de profundidad). Para tomar dimensión del espacio físico que ocupan, podríamos cubrir la distancia de norte a sur de toda la Ciudad Buenos Aires, unos 33.8 kilómetros, unas 338 cuadras.

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Facundo Carrillo, secretario de Atención y Gestión Ciudadana sostuvo que: "Analizamos todas las normativas que rigen para los consorcios y nos encontramos con disposiciones que son obsoletas y contrarias al cuidado de recursos de los vecinos y el medioambiente". "Lanzamos un plan de 14 medidas con el objetivo de mejorar los controles y cuidar un recurso imprescindible como lo es el agua potable contenida en todos los tanques de los edificios de la Ciudad".

La nueva ley, además, establece para el consorcio de propietarios y/o administrador de la Propiedad Horizontal, la obligación de controlar y revisar en forma periódica las instalaciones, a fin de conservar, mantener y asegurar la hermeticidad del agua, garantizando las condiciones necesarias para consumo humano.

En el supuesto que del resultado de los análisis surja que la calidad del agua potable para consumo humano no se ajusta a los estándares establecidos por el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS), dentro de los quince (15) días corridos, el consorcio de propietarios y/o su administrador, debe proceder a limpiar y desinfectar los tanques conforme la normativa vigente y aplicable a la materia.

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HAY 47.000 CONSORCIOS

En la Ciudad existen unos 47 mil consorcios con carácter de vivienda cuyos edificios tienen tanques con una capacidad en promedio de entre 15 mil y 30 mil litros dependiendo la cantidad de unidades funcionales. En general, se estima que un edificio promedio en la Ciudad tiene 36 unidades y un tanque de 18 mil litros. El viejo mantenimiento obligaba a desperdiciar 36 mil litros anuales como mínimo (el proceso de limpieza insume una cantidad de agua superior) y erogar un gasto de mantenimiento de unos 16.360 pesos en promedio.
Este cambio en el proceso permitirá ahorrar en promedio unos 8.100 pesos por cada edificio y reducir enormemente el impacto ambiental cuidando un recurso natural que es imprescindible para todos. Es la sexta medida que la Ciudad aplica, en el marco de un plan de 14 que buscan mejorar los controles y reducir los costos que pagan los vecinos en las expensas. Por las seis medidas ya implementadas los consorcios pueden ahorrar hasta 49.100 pesos en el año.

Una vez que se complete el plan con las 14 medidas, cada vecino que viva en un edificio tipo de 10 pisos con 20 unidades funcionales, por ejemplo, podrá ahorrar 4.900 pesos por año de expensas, lo que equivale a una expensa menos al año. El ahorro global anual para el consorcio se calcula en 98.000 pesos.
Los consorcios asimismo, podrán definir un plan destinado al mantenimiento y desinfección de tanques que suponga una periodicidad menor. En tal caso, deberán hacer constar en el Libro de Actas de Asamblea la periodicidad en que dichas tareas deben ser llevadas a cabo.
Fuente: Equipo de Comunicación Institucional y Prensa.

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