Comunas de la Ciudad de Buenos Aires

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FAUBA SOLICITA EN FORMA URGENTE SU SANCIÓN
LEY NACIONAL DE HUMEDALES

Por la Redacción de Villa Crespo Digital

28 de octubre del 2020

Este 27 de octubre, la decisión fue aprobada en forma unánime por el Consejo Directivo de la FAUBA, que consideró la importancia de responder a la demanda social que impulsa la protección de los humedales, debido a los gravísimos conflictos socio ambiental generado por su uso irresponsable.
La Facultad de Agronomía ofreció al Poder Legislativo de la Nación el apoyo técnico para su tratamiento.

Informe del Servicio Nacional del Manejo del Fuego: alerta por lo acaecido en las provincias de Córdoba, Jujuy, Tucumán, Santa Fe, Entre Ríos, San Luis, Corrientes, Misiones, Chaco, Salta, Catamarca y La Rioja, que están siendo seriamente afectadas por el fuego que se propaga libremente. Asimismo, los incendios en las islas del Delta del Paraná registraron más de 8.000 focos y arrasaron con más de 90.000 hectáreas consumidas por las llamas.
A nivel nacional, representan más de 430.000 hectáreas afectadas.

Frente a la grave situación que atraviesa la Argentina, y a raíz de un pedido elevado por la mayoría del claustro de estudiantes, la Facultad de Agronomía de la UBA (FAUBA) manifestó la necesidad urgente de sancionar una Ley Nacional de Manejo y Conservación de Humedales, como respuesta a la demanda social que impulsa la protección específica de los humedales.

La resolución señala que: el incumplimiento de la Ley Nacional de Manejo del Fuego (Ley N° 26.562) deriva en la falta de control del uso del fuego realizada sin normas de seguridad, ni asesoramiento técnico, poniendo en riesgo la producción y la vida de pobladores locales. “Estas problemáticas ponen en evidencia la falta de regulación específica y necesaria en la protección de los humedales”, resaltó el documento.

Tanto los expertos como la Comisión coinciden que los humedales brindan servicios y funciones indispensables como: agua potable dulce y de calidad, filtrado y retención de nutrientes y contaminantes, provisión de alimentos, madera, fibras y combustibles.
Por otro lado, la Comisión destaca que: “Juegan un papel fundamental en la regulación climática, el mantenimiento de las fuentes y caudales de agua, la protección contra fenómenos naturales como por ejemplo la regulación de inundaciones y sequías, estabilización de costas, entre otros. Son sumideros de carbono”.

El Ing. Agr. Héctor Rosatto, integrante de la Comisión y docente de la FAUBA, aseguró que los humedales “son también reservorio de biodiversidad al brindar alimento, refugio y sitios de reproducción, para numerosas especies de invertebrados, aves, peces, reptiles y mamíferos. Nuestra Facultad, a través de las carreras que imparte está relacionada en forma directa e indirecta con estas problemáticas pero, además, nuestra institución como integrante de la sociedad y por su labor en el territorio de nuestro país debe manifestar su opinión y aportar sus saberes para lograrlo”.

En la actualidad los humedales en nuestro país

El Ing. Rosatto dijo: “Lamentablemente la situación de los humedales en nuestro país es similar a la planteada por la Corte Suprema de Justicia, que declara que cubren solamente el 2,6% de la tierra, pero desempeñan un papel desproporcionadamente grande en la hidrología por unidad de superficie’. Es decir, son sitios donde se desarrolla el ciclo hidrológico, responsable del agua dulce en nuestro planeta. Además, hay un consenso en que los humedales aumentan la resiliencia de las comunidades biológicas (entre las que nos encontramos) frente al cambio climático”.

La superficie ocupada por los humedales está estimada en 600.000km2, o sea, representa el 21,5% de todo el territorio nacional.

A su vez, explicó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en su fallo de julio del 2019, menciona que: “el paradigma jurídico que ordena la regulación del agua no tiene en cuenta solo los intereses privados o estatales, sino los del mismo sistema, como bien lo establece la Ley General del Ambiente. En efecto, al tratarse de la protección de una cuenca hídrica y, en especial, de un humedal, se debe valorar la aplicación del principio precautorio (art. 40 de la ley 25.675)”. Y establece que “las controversias ambientales y de agua deberán ser resueltas en tribunales, y las leyes de aplicación interpretadas del modo más favorable a la protección y preservación de los recursos de agua y ecosistemas conexos”. “El contar con esta norma, implica contar con una ley de aplicación específica, de allí su importancia jurídica”, dijo Rosatto.

La preocupación de la FAUBA es que las reservas de los humedales en nuestro país están en vías de desaparición y degradación progresiva debido al mal manejo y ausencia de regulación de actividades humanas, principalmente agropecuarias, industriales y urbanísticas.
“Los humedales tienen importancia como salvaguardas del patrimonio cultural al haber alojado históricamente comunidades locales y pueblos originarios hasta la actualidad, y que tanto la conservación como el ordenamiento de estos sitios resulta fundamental para conservar los valores culturales locales, sus modos de vida, tradiciones, saberes y su historia”, expuso la resolución del CD.

En la Facultad de Agronomía se dictan carreras afines a esta problemática, tanto directa como indirectamente; en tal sentido ofrecen su apoyo técnico para tal problema.

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